domingo, 26 de agosto de 2012

EL IFE MIENTE, ENGAÑA Y SE BURLA DE MÉXICO.

Ayer en la noche leí un tweet donde el enlace estaba roto, trate de remediarlo... afortunadamente lo recupere, y me propuse a leerlo. El link es este http://www.ife.org.mx/portal/site/ifev2/Sistema_Politico_Electoral_Mexicano/ y de ahí sacare esta nota.

Citaré ciertos fragmentos del texto, el primero será este.

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12.- ¿Cómo pueden tener acceso los partidos políticos a los medios de comunicación?

La Legislación electoral mexicana prohíbe que los partidos políticos adquieran publicidad en radio y televisión. Por esta razón, el IFE es el encargado de distribuir entre ellos una parte de los tiempos que le corresponden al Estado en estos medios para fines electorales.
La distribución de los tiempos que les corresponden a los partidos políticos en radio y televisión se realiza de la siguiente forma:

En periodos no electorales, el IFE dispondrá de hasta el 12% del tiempo total de que disponga el Estado en radio y televisión. Del tiempo asignado, los partidos políticos podrán disponer el 50% en forma igualitaria para transmitir un programa mensual de 5 minutos en cada estación de radio y canal de televisión, mientras que el tiempo restante podrán utilizarlo en la transmisión de mensajes de 20 segundos.

Durante el periodo de campañas y precampañas, el IFE realiza la distribución de tiempos aire para los partidos políticos de la siguiente forma.

1) Precampañas: 18 minutos diarios en conjunto por cada hora de transmisión en cada estación de radio y televisión.

2) Campañas: 41 minutos diarios en conjunto por cada hora de transmisión en cada estación de radio y televisión.
En número de mensajes, el IFE realiza la distribución del tiempo en radio y televisión para los partidos políticos de esta manera:
  • 30% en forma igualitaria
  • 70% de acuerdo con el porcentaje de votos obtenido por cada partido en la última elección para diputados federales."


¿Y las sanciones para Peña Nieto? 6 años haciéndole pre-campaña descaradamente, ¿Y ni una sanción? ¿Se hacen de la vista gorda o los sobornan? por que yo no veo otra forma.

Cito: "

17.- ¿Cuáles son los términos y condiciones para realizar actos de campaña?

Fue descarado la campaña que le hicieron a Peña Nieto en los medios de comunicación, disfrazada de notas informativas. ¿Pero por qué el IFE es el único que no se da cuenta de esto? ¿O lo solapa?

"La duración de las campañas será de 90 días cuando se trate de elecciones generales y de 60 días cuando se trate solamente de elecciones legislativas intermedias
La propaganda política y electoral debe abstenerse de expresiones que denigren a las instituciones y a los propios partidos o que calumnien a las personas
 Los gastos de campaña de partidos, coaliciones y candidatos no deben rebasar los límites que para cada elección determine el Consejo General conforme a las reglas que prevé la ley.
 Las campañas inician a partir del día siguiente en que se registran formalmente las candidaturas presentadas por los partidos políticos y deben concluir tres días antes de la jornada electoral
 La ley garantiza el derecho de réplica de partidos y candidatos cuando consideren que la información presentada por los medios de comunicación ha deformado hechos o situaciones referentes a sus actividades
 Los actos de campaña que realicen los partidos políticos y sus candidatos no tienen más límite que el respeto a la vida privada de candidatos, autoridades, terceros y a las instituciones y valores democráticos.
Durante los 8 días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las mesas de votación, la ley prohíbe la publicación o difusión, por cualquier medio, de los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan como propósito revelar las preferencias electorales de la ciudadanía
El esquema de acceso a la radio y la televisión para fines electorales es totalmente libre de costo para los partidos políticos."


Cito "

18.- ¿Cómo se calculan los límites de gastos de campaña para las elecciones?

De acuerdo con la legislación electoral, los topes máximos de gastos en campaña según el tipo de elección del que se trate son los siguientes:
  • Presidente de la República: 20% del financiamiento público de campaña establecido para todos los partidos en el año de la elección presidencial.
  • Diputados: Se divide el límite de gasto de campaña establecido para la elección presidencial entre 300.
  • Senadores: Se multiplica la suma del límite de gasto de campaña para la elección de diputados por el número de distritos que comprenda la entidad de que se trate. En ningún caso el número de distritos que se considerará será mayor de veinte."

Y el financiamiento paralelo... Monex, los aviones rentados, la compra de votos descarados.... ¿Dónde queda eso?


Cito
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26.- ¿Se pueden impugnar los resultados de una elección?

Sí. La Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral contempla la posibilidad de interponer un juicio de inconformidad ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para impugnar los resultados de una elección durante la etapa de resultados y declaración de validez de las elecciones.
Solamente los partidos políticos y los candidatos pueden promover un juicio de inconformidad. En el caso de los candidatos pueden hacerlo exclusivamente cuando la autoridad electoral decida no otorgarles la constancia de mayoría o de asignación de primera minoría por motivos de inelegibilidad."


Entonces si Obrador esta en su derecho de impugnar, ¿Por qué se le ataca? ¿Por qué se le tira de revoltoso?


Cito, y creo es la más importante.

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28.- ¿Cuáles son las causas para anular una elección?

Causales de una elección (Presidente, Senadores, Diputados)

 

Instalar la casilla, sin causa justificada, en lugar distinto al señalado por el Consejo Distrital correspondiente;
Cuando alguna o algunas de las causales de casilla, se acrediten en por lo menos el 20% de las casillas en el distrito de que se trate y, no se hayan corregido durante el recuento de votos;
Entregar, sin causa justificada, el paquete que contenga los expedientes electorales al Consejo
Distrital, fuera de los plazos que el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales señale;

Cuando no se instale el 20% o más de las casillas en el distrito de que se trate y consecuentemente la votación no hubiere sido recibida;
Realizar, sin causa justificada, el escrutinio y cómputo en local diferente al determinado por el Consejo respectivo;
Cuando los dos integrantes de la fórmula de candidatos que hubieren obtenido constancia de mayoría sean inelegibles o el candidato sea inelegible para el caso de Presidente;
Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección;
Cuando en el territorio nacional no se instale el 25% o más de las casillas y consecuentemente la votación no hubiere sido recibida (Presidente de la República);
Recibir la votación personas u órganos distintos a los facultados por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales;
 Haber mediado dolo o error en la computación de los votos y siempre que ello sea determinante para el resultado de la votación;
Permitir a ciudadanos sufragar sin Credencial para Votar o cuyo nombre no aparezca en la lista nominal de electores y siempre que ello sea determinante para el resultado de la votación, a excepción de lo señalado en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y en el artículo 85 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación.
Haber impedido el acceso de los representantes de los partidos políticos o haberlos expulsado, sin causa justificada;
Ejercer violencia física o presión sobre los miembros de la mesa directiva de casilla o sobre los electores y siempre que esos hechos sean determinantes para el resultado de la votación;
Impedir, sin causa justificada, el ejercicio del derecho de voto a los ciudadanos y esto sea determinante para el resultado de la votación; y
Existir irregularidades graves, plenamente acreditadas y no reparables durante la jornada electoral o en las actas de escrutinio y cómputo que, en forma evidente, pongan en duda la certeza de la votación y sean determinantes para el resultado de la misma."

Me despido, el link lo repito. http://www.ife.org.mx/portal/site/ifev2/Sistema_Politico_Electoral_Mexicano/





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